Las autoridades religiosas no tienen el derecho de cambiar la ley Divina que se expresa en la Sharia. Su autoridad se limita a la promulgación de leyes secundarias basándose en el Corán y en la Sunna, de forma similar al abogado cuya función es la de deducir argumentos legales del código legal de su país y que no tiene derecho a alterar la constitución. Del mismo modo, las autoridades religiosas en el Islam, incluidos los Imames –quienes tienen la misión de enseñar la Sharia– y aún más, el mismo Profeta no tiene el derecho de cambiar la Sharia según le parezca.

Preguntas como las que se han formulado, surgen de la mentalidad dominante en las sociedades occidentales, donde se tiene la imagen de los profetas como simples individuos dotados y reformadores sociales, quienes se rebelaron para garantizar los derechos de las personas y ayudarlos a progresar. Los estudiosos con esta mentalidad, explican que estos reformadores sociales tuvieron que establecer algunas leyes que satisficieran las necesidades de la época.

De aquí que, ellos concluyan que las leyes dictadas por estos llamados profetas, sean producto de su propio pensamiento y no una revelación divina. Pero para poder convencer a las personas a que los siguieran, tuvieron que presentarse como profetas enviados de Dios y con un libro revelado (el cual contenía su propio pensamiento).

Si aceptáramos este argumento, nos veríamos en la obligación de aceptar el que la ley religiosa deba cambiarse para que se adecúe a los tiempos. Este argumento, sin embargo, es falso. Los que ponen este argumento de manifiesto no han hecho un estudio concienzudo de las enseñanzas de los profetas Divinos, y basan sus análisis sólo en conjeturas falsas. El noble Corán y los hadices definitivos narrados por el Profeta (no tenemos en cuenta los libros sagrados de religiones previas, ya que han sido distorsionados) refutan tal argumento.

Mencionaré brevemente algunos puntos a los que hacen referencia el Corán y la Sunna:

1. El Corán claramente manifiesta que el Profeta no tiene derecho a hacer cambios a la Revelación que le es hecha, ya que él es solo un mensajero (ver la sura La mesa servida 5:92 y 99).

2. El Corán afirma que el Islam no es producto de la inteligencia humana, sino más bien la materialización de las instrucciones que Dios le reveló a su Profeta (ver Corán; 69:40-43).

3. Como respuesta a los que acusan al Profeta de atribuir sus propios pensamientos a Dios, el Corán dice que esa es la palabra de Dios y por lo tanto su contenido no es producto de la mente humana (ver sura La inevitable; 69:25).

4. El Corán es claro al anunciar que Muhammad es el Último Profeta y el Corán la Revelación final, y por lo tanto, el contenido del Corán tiene validez en todas las épocas (ver sura La coalición; 33:40)

 

Fuente: EL ISLAM Y EL HOMBRE CONTEMPORANEO, (Conjunto de preguntas realizadas a Al-lamah Tabātabā’i); Editorial Elhame Shargh

www.islamoriente.com, Fundación Cultural Oriente




Una explicación detallada del pensamiento islámico acerca de la familia, el matrimonio y los principios generales que rigen los relaciones familiares escapa el alcance de esta carta. Sin embargo, me referiré brevemente a algunos aspectos importantes.

El Islam reconoce a la familia como el pilar fundamental en la formación y preservación de la sociedad. Con el objetivo de organizar a la humanidad en sociedades, la Mano de la Creación ha dividido a la especie humana en dos géneros, inculcando en cada uno una atracción innata por el otro. La manifestación más baja de esta atracción mutua es la presencia de órganos sexuales distintivos en cada género. Esta atracción es la que hace que el hombre y la mujer se unan y procreen hijos.

De esta unión nace un niño cuya esencia proviene de cada uno de sus padres. Debido al inmenso amor que los padres sienten hacia su criatura, la madre soporta los dolores del parto y las dificultades que puedan tener para criarlo. Estas dificultades soliviantadas por el placer emocional, sólo hacen que el vínculo afectivo entre los padres y su criatura sea más fuerte, y esto estimula a los padres a multiplicar sus esfuerzos en la formación de su hijo. Esta emoción paterna, a su vez, hace que el apego del hijo hacia sus padres, sea cada vez más fuerte. De esta forma se crea la familia —el pilar fundamental en la formación de ciudades y naciones.

No hay duda que para preservar la sociedad, el deseo sexual debe dominarse. Esto se logra si la satisfacción del deseo sexual se hace con el compañero legal del sexo opuesto. De esta forma se garantiza que se sepa quién es el padre de cada niño (la madre por supuesto, no necesita de esta medida ya que su preñez es la más clara evidencia de que ella es la madre del niño que está esperando). Sin la existencia de este acuerdo para dominar el deseo sexual de los dos géneros, los adultos jóvenes rara vez accederían a pasar por las dificultades de formar una familia. La ausencia de verdaderas familias, causaría incertidumbre al momento de determinar los verdaderos padres de los niños que nazcan en la sociedad.

Esta incertidumbre debilitaría a su vez el lazo afectivo entre los padres y los niños, el cual es la estructura que mantiene unida la familia.

Con el tiempo, el predominio de la fornicación en la sociedad —además de la cantidad de problemas higiénicos, sociales y morales que traen consigo el desenfreno en las relaciones sexuales— acabará por completo con el afecto familiar, algo que ya se puede ver en los países donde se le da rienda suelta a las relaciones sexuales – tendencia que amenaza la supervivencia de la humanidad. Hace algunos años leí un artículo que decía que en Los Estados Unidos nacían anualmente trescientos mil niños de madres solteras, resultado de una relación sexual promiscua, hecha al calor del momento y sin un compromiso previo.

Es por esto que el Islam prohíbe las relaciones sexuales fuera del vínculo matrimonial. Además, en el Islam es el padre quien corre con los gastos derivados de la crianza del niño, ya que él es el tutor. Asimismo, el islam prohíbe el matrimonio entre parientes que se relacionen a menudo. Así, es incesto si un hombre se casa con su madre, su hermana, su tía o su sobrina. También está prohibido al hombre casarse con las siguientes personas: su nuera, su suegra, su hijastra (si él ha tenido relaciones sexuales con la mamá de la hijastra), su cuñada (siempre y cuando la hermana de ésta se encuentre casada con el hombre en cuestión), y con mujeres casadas con otros hombres.

Estas mismas reglas se aplican a las relaciones por lactancia.[1]

(Todas las reglas que se han mencionado, se derivan del Corán y de las tradiciones del Noble Profeta y de los Imames tal como han sido registradas en los libros de los hadices.)

 

[1] En la ley islámica, cuando un niño es amamantado por una mujer distinta a su madre, esta mujer es legalmente su segunda madre y los hijos de ella los hermanos del amamantado. Por lo tanto, las mismas reglas matrimoniales que se aplican para nuestra madre biológica y nuestros hermanos de sangre, se aplican para nuestra madre y hermanos de leche. [N. del T.]

 

Fuente: EL ISLAM Y EL HOMBRE CONTEMPORANEO, (Conjunto de preguntas realizadas a Al-lamah Tabātabā’i); Editorial Elhame Shargh

www.islamoriente.com, Fundación Cultural Oriente


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