¿Cómo aparecieron las cuatro escuelas sunitas y cómo fue cerrada la puerta del iÿtihâd?

¿Cómo aparecieron las cuatro escuelas sunitas y cómo fue cerrada la puerta del iÿtihâd?



Respuesta:

Después de los sucesos ocurridos al inicio del Islam y el asunto de la sucesión del Profeta (BP) las ciencias y la jurisprudencia islámicas se dividieron en dos ramas: la jurisprudencia que después del fallecimiento del Profeta (BP) fue adquirida a través de su Ahl-Bayt y, la jurisprudencia que los dictaminadores de ésta después del Profeta (BP) fueron los sahâbah (compañeros cercanos) y los tâbi’în (generación posterior a los compañeros cercanos del Profeta) que son conocidos como Ahl-Sunnah o sunitas. Con el incremento del uso de la jurisprudencia como resultado del aumento de los asuntos jurídicos, después de las victorias islámicas, así como con el ingreso de nuevos asuntos y de análisis más exactos científicos en la expansión de la jurisprudencia, es decir, desde el inicio del segundo siglo hasta el cuarto siglo de la hégira lunar, cuando la jurisprudencia sunita llegó a su auge, se formaron las cuatro escuelas sunitas.

El iÿtihâd (1) mutlaq o absoluto (iÿtihâd en toda la jurisprudencia y sin tomar en cuenta una escuela jurídica especial) prevaleció por completo hasta el año 665 d.H. entre los juristas sunitas, pero por algunas causas las demás escuelas jurídicas sunitas fueron suprimidas, y fuera de cuatro las demás perdieron su oficialidad así como todas sus funciones representativas tales como el arbitraje, el liderazgo de la sociedad y el dictamen fueron puestos a disposición de personas que seguían a una de las cuatro escuelas conocidas. Durante los últimos años se han escuchado rumores entre los sunitas acerca de abrir las puertas del iÿtihâd absoluto. Ellos después de abrir las puertas del iÿtihâd en una escuela demandan el iÿtihâd de las cuatro escuelas y hoy día considerando los cambios inesperados y numerosos de la vida humana, han pedido el iÿtihâd absoluto


1 – [N.del T.] Deducción y razonamiento independiente en materia de las leyes islámicas incluyendo los asuntos políticos-sociales por parte de una autoridad legal competente (ulemas, muftis o juristas musulmanes). Después del siglo X sólo los shi’ítas reconocen y practican el iÿtihâd.


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